Apostillar Documentos en Colombia y desde el exterior

Legalización de documentos de registraduría, notarías, pasaporte y antecedentes para efectos de verificar su autenticidad internacionalmente.

Apostillar documentos fuera de Colombia

Para realizar un trámite desde el exterior, primero debe efectuar el pago del servicio por medio de transferencia bancaria, seguido a eso, enviar en archivo PDF el documento a apostillar siempre y cuando cumpla con los requisitos para realizarla, al correo tramites@globalenvios.com.co.

El tiempo de entrega de los documentos apostillados dependerá del país donde usted tiene establecida su residencia, el envío se hace a través del servicio especializado de mensajería internacional certificada de nuestros aliados: DHL – UPS.

Antes de apostillar documentos tenga en cuenta...

Requisitos para apostillar documentos

Documentos de estudios

1. Educación pre-escolar, primaria y secundaria: Los documentos deben de estar certificados, esto se hace de forma virtual en la pagina de la Secretarías de Educación en donde se encuentre inscrito el plantel educativo.
2. Educación superior: Reconocimiento de la institución en el Ministerio de Educación Nacional. Oficina de Atención al Ciudadano.
3. Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, antes denominado Educación No formal: Reconocimiento en la Secretaría de Educación correspondiente de las citadas Instituciones de conformidad con el Decreto 2888 de 2007. En Bogotá dirigirse a la Sección de Atención al Ciudadano.
4. Educación Informal: Los diplomados, seminarios y cursos de educación continuada ofrecidos por instituciones de educación superior que no conducen a Título. Reconocimiento de la firma del Rector de la Institución ante Notaría y reconocimiento de la firma del Notario ante la Superintendencia de Notariado y Registro.
5. Documentos del SENA, ICFES e ICETEX. Reconocimiento de la firma en la Dirección General del Sena, del ICFES o del ICETEX, respectivamente.

Apostillar documentos de estudio

Requisitos para apostillar documentos de carácter civil

Requisitos para apostillar documentos de carácter civil

Documentos expedidos por personas privadas – Poderes, declaraciones, autorizaciones, contratos.

1. Reconocimiento de firma ante Notaria. No se aceptan fotocopias autenticadas.
2. Reconocimiento de la firma del Notario en la Superintendencia de Notariado y Registro.

Documentos expedidos por Notarias o Registradurías – Escrituras, Registros Civiles y certificaciones de Nacimiento, Matrimonio o defunción

1. Las copias de Escrituras y Registros Civiles deben solicitarse en la Notaria y/o Registraduría donde se sentó el Registro, es decir, donde reposa la escritura o registro civil original. No se aceptan fotocopias autenticadas.
2. Si el documento proviene de Notaria, solicitar el código para apostillar
3. Si el documento proviene de las distintas Registradurías locales del resto del país, el documento debe hacer reconocimiento de la firma del funcionario en la Registraduría Nacional del Estado Civil, y no puede tener más de 90 días de haber sido expedido.( En el momento no tenemos el servicio de apostilla de documentos expedidos en Registraduria)
4. Si el documento viene avalado por Inspectores de Policía o Corregidores con funciones notariales, el documento debe hacer reconocimiento de la firma del funcionario en la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Documentos expedidos
por entidades públicas

Los funcionarios firmantes de los documentos emitidos por estas entidades, deben estar debidamente registrados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

DOCUMENTOS DE CARÁCTER CIVIL (expedidos por Notario y Registradores)

Si la firma es del registrador se debe hacer el reconocimiento en la Registraduría Nacional en Bogotá.
Para el caso de Inspectores de Policía o Corregidores con funciones notariales, su firma debe ser avalada por la Registraduría Nacional. ( En el momento no tenemos el servicio de apostilla de documentos expedidos por la Registraduria )

Apostilla de
traducciones oficiales

  1. Si el documento proviene de un país perteneciente a la Convención y de habla diferente al castellano, el mismo debe venir debidamente apostillado desde el país de origen, posteriormente debe ser traducido por un traductor oficial registrado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y luego se legaliza.
  2. Si el país al cual se va a presentar el documento lo requiere, la traducción del documento original apostillado también se apostilla. Si el documento no se tradujo en Colombia, el mismo debe traducirse de acuerdo con la normatividad vigente del país receptor.

Legalizaciones

Los documentos colombianos que van a surtir efectos legales en países que no forman parte de la Convención de la Haya siguen el proceso de legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, previo cumplimiento de los requisitos arriba mencionados de acuerdo a su clasificación.

ENVÍOS INTERNACIONALES DE DOCUMENTOS

aliados para envios internacionales - Apostillar Pereira

Reconociendo la importancia de tus documentos y la necesidad que estén en su destino oportunamente, contamos con la garantía DHL, UPS.

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